Pensiones

La desconocida disputa judicial entre AFP UNO y el Registro Civil por uso de la Clave Única

El organismo público rechazó la solicitud de suscribir un convenio de adhesión. Tras ello, la administradora interpuso un recurso de protección, el cual fue declarado como inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago y ratificado por la Suprema.

Por: Sofía Fuentes | Publicado: Viernes 16 de febrero de 2024 a las 12:14 hrs.
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Fotos: Julio Castro y Agencia Uno
Fotos: Julio Castro y Agencia Uno

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Una desconocida disputa legal mantiene AFP UNO -ligada al empresario Ignacio Álvarez- con el Registro Civil por la utilización de la Clave Única, que otorga a la ciudadanía una identidad electrónica para realizar trámites en línea con organismos del Estado.

En marzo de 2023, AFP UNO irrumpió en el mercado y se adjudicó la licitación de nuevos afiliados. Como consecuencia de esto, desde el 1 de octubre de 2023 y hasta el 31 de septiembre de 2025, todos los nuevos cotizantes serán afiliados a dicha administradora que ofrece hoy la menor comisión.

Pero casi dos años antes de ganar la licitación, a fines de 2021, AFP UNO inició una serie de gestiones con el Registro Civil para suscribir un convenio de adhesión que le permitiera la implementación de la Clave Única y así agilizar los procesos de los usuarios. 

El recurso de protección presentado por la AFP considera arbitrario e ilegal el rechazo del convenio solicitado al Registro Civil. 

Sin embargo, esta solicitud fue rechazada por el Registro Civil, organismo público que argumentó su decisión por encontrarse en "un proceso interno de revisión por parte de nuestro Servicio, respecto de sus definiciones y alcances", según afirma el recurso de protección presentado por AFP UNO a la Corte de Apelaciones de Santiago, en enero de 2024.

Las gestiones 

El 15 de diciembre de 2023, el gerente general de AFP UNO, Teo Colombo, envió una carta al Registro Civil con miras a concretar el convenio de adhesión. Nuevamente la respuesta del Servicio fue negativa, rechazando la solicitud de la administradora.

En dicha carta, el Director Nacional del Registro Civil, Omar Morales, argumentó que "actualmente la implementación de la Clave Única es solo para empresas certificadoras de firma electrónica avanzada".

La respuesta también señaló que "desde nuestro Servicio no es posible suscribir un convenio de adhesión para la implementación del servicio de Clave Única, sin contar previamente con la autorización legal de dicho ministerio". 

La repartición pública que aludió Morales es Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que, a través de Gobierno Digital administra la Clave única.

A raíz de esta negativa, a fines de enero la AFP UNO interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

El ejemplo del AFC

La acción judicial de AFP UNO tiene 29 páginas y explica las razones que tiene para llevar adelante el recurso de protección: considera arbitrario e ilegal el rechazo del convenio solicitado al Registro Civil.

Para UNO, la decisión del organismo público es arbitraria ya que según la administradora "en 2023, el Registro Civil firmó un convenio con otras empresas privadas y particularmente con una que presta un servicio propio de la seguridad social”. 

Concretamente, el 13 de julio de 2023, el Registro Civil suscribió un convenio de adhesión para la implementación de la Clave Única con la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A (AFC III). 

“El Registro Civil ha suscrito convenios con otras empresas privadas, y particularmente con la AFC III, consorcio de propiedad de dos AFP y dos compañías de seguros, que no se dedica a la certificación de firmas electrónicas avanzadas y que, además, comparte los rasgos e intereses", señaló UNO en el documento.

De acuerdo al recurso de protección, el Registro Civil sostuvo que la firma del acuerdo se justificó porque la “AFC III, debe acceder a la solución tecnológica de Clave Única para autenticar la identidad de los usuarios que requieran sus servicios.”

Sin embargo, desde la AFP apuntaron a que esta decisión se efectuó “sin que se explicaran los procedimientos que se siguieron ni cómo es que fue evaluada la solicitud”.

Desde UNO enfatizaron en la acción judicial que, “en ambos casos la normativa que justifica el uso de la Clave Única como mecanismo de autenticación viene de la regulación sectorial del mismo órgano administrativo: la Superintendencia de Pensiones”. 

La norma del regulador

El 4 de julio de 2023 -tres meses después de que AFP UNO se adjudicó la licitación- la Superintendencia de Pensiones, dictó una norma que actualizó las instrucciones relativas a las operaciones que se efectúen a través de sus sitios web

La nueva normativa modificó el compendio de regulaciones, incorporando la obligación de las AFP de ofrecer a los afiliados y usuarios realizar más de 40 trámites a través del sitio web, aseguró UNO. 

Sin embargo, para poder autentificar la identidad en línea de los nuevos usuarios y cotizantes, se requiere la Clave Única. Desde UNO afirmaron que, si bien existen otros mecanismos de autentificación, no poseen el éxito que tiene esta. 

“En la actualidad el único mecanismo que posee alta penetración en la comunidad nacional, que entrega gran protección y fiabilidad, y que además posee una tasa de éxito que permite la digitalización de los procesos, es la Clave Única del Estado”, aseguró la AFP.

Además, señalaron a DF que "las personas que decidan cambiarse a UNO, gracias a la existencia y facilidad de la Clave Única, pueden aumentar su sueldo en hasta $ 356.000 al año, al pagar una comisión casi tres veces menor que en otras AFP".

Así, el documento de AFP UNO acusa de ilegal la respuesta del Registro Civil, al “infringir el deber de coordinación administrativa, al frustrar el cumplimiento de la regulación impuesta para el sector por la Superintendencia de Pensiones”.

Inadmisible

A pesar de la ofensiva presentada por UNO en el mencionado recurso de protección, el 26 de enero de 2024, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra Maritza Villadangos, declaró como inadmisible la acción, el cual fue ratificado por la Corte Suprema.

Respecto a posibles vías que va a tomar la AFP UNO para lograr el convenio de Clave Única, afirmaron a DF “estamos evaluando todas las alternativas existentes que nos permitan entregar un servicio digital, seguro y de fácil uso a los nuevos trabajadores que se incorporan a la fuerza laboral de Chile, y a aquellos que deseen ejercer la libertad de elegir a UNO como su AFP”.

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